Los medios sociales como Facebook, Twitter, Pinterest, LinkedIn e inclusive los Blogs, pueden ser un gran recurso para las empresas que desean reforzar su presencia online e incrementar sus utilidades.
Después de todo es un recurso mercadológico barato que da buenos resultados si lo ejecutadas correctamente.
La clave está en la palabra “correctamente”.
Desafortunadamente muchas empresas, en especial las PyMEs, omiten ver o simplemente no se percatan de los aspectos legales que pueden desprenderse de los medios sociales y que pueden afectar a la empresa o a sus empleados.
En los siguientes párrafos, te presento algunos de los aspectos más comunes a los que debes prestar atención.
Propiedad Intelectual
Cada PyME debe estar consciente de su propia identidad corporativa y de la de terceros. En especial de marcas registradas. El registro de marca de tu nombre o logotipo, te protege del mal uso que se le pueda dar. El que se publique en Internet o en algún medio social no lo hace público y por ende, nadie lo puede ni debe usar sin tu expresa autorización.
Imagínate que alguien registra el nombre de tu maca como nombre de usuario en una red social. Sería muy fácil para un empresa como Pepsi®, entablar una demanda por mal uso de su marca en una Red como Facebook. Esto lo pueden hacer porque tienen su marca debidamente registrada ante el IMPI.
Ahora bien, sin registro, se torna muy difícil el derecho sobre una marca cuando no se tiene la documentación pertinente para reclamar su propiedad.
Por esta razón es importante estar al tanto de lo que sucede con tu nombre o marca, pero también es indispensable considerar como utilizas marcas de terceros. El uso indebido de una marca en tus propias redes sociales, puede ocasionarte problemas.
Retomando el ejemplo anterior, el usar Pepsi® como un ejemplo, no necesariamente infringe su uso de marca, puesto que se utiliza como un ejemplo y en ningún momento estoy tratando de persuadir a alguno de mis lectores, que existe alguna relación comercial con ella. Inclusive cuando doy este tipo de ejemplos, siempre al final del artículo incluyo una marca aclaratoria sobre la titularidad de las marcas usadas como ejemplo y la no afiliación y representación de alguna de ellas.
El punto es que siempre se debe dejar en claro quien es dueño de qué y que no se trata de un mensaje patrocinado.
Otro aspecto relacionado con la propiedad intelectual, se refiere al contenido que se publica en las redes sociales.
Uno de los mayores éxitos del uso de las redes sociales, es la publicación de contenido original. Esto te define como experto en un tema. Es válido usar fuentes de inspiración, sin embargo, siempre debes escribir una publicación con tu voz tu punto de vista desde cero.
La curación de contenido es otra forma utilizada por personas para generar contenido de interés en la redes sociales. La curación de contenido se refiere a la búsqueda y publicación de contenido relacionado a un tema generado por diferentes autores. Si se utilizan estos artículos, SIEMPRE se debe dar crédito a su autor y deben publicarse tal cual, sin modificaciones.
Contrataciones
Las empresas deben tener cuidado al usar su redes sociales con fines de contratación y despido de personal.
Cuando contratas a un empleados experto en tu industria, es muy común que haya trabajado con algún competidor tuyo. Al ser contratado por ti, el empleado generalmente cambia su estado en LinkedIn. Esta plataforma, automáticamente envía una notificación a sus conexiones o contactos, entre los cuales están incluidos clientes anteriores.
En la mayoría de los casos, este tipo de ejecutivo firma un acuerdo de confidencialidad el cual le impide contactar a clientes de su empleo anterior. La pregunta que aquí surge es si el empleador anterior puede demandar al empleado por violación a este contrato. ¿Puede el empleador anterior demandarte a ti por interferencia en tus relaciones laborales? La respuesta a ambas preguntas es: Si. Independientemente de la alta probabilidad de ganar esta demanda, será después de un costoso litigio.
Otro ejemplo se da en Facebook, cuando investigas a un candidato potencial para un puesto en tu empresa. Te das cuenta de la postura política o religiosa de este candidato y decides no contratarlo. El no contratarlo por este tipo de razones y por algún motivo salen a la luz, puedes verte envuelto en una demanda por discriminación. El CONAPRED, quien depende de la secretaría de Gobernación es la dependencia encargada para tratar este tipo de discriminaciones, mismas que están previstas en la Constitución Mexicana. Incluso existe una guía contra la discriminación publicada por este dependencia.
Difamación
Esta es una aseveración hablada o escrita que es falsa y que daña la reputación de una persona o entidad.
En México existe una línea muy delgada entre dar una opinión y caer en la difamación. El punto que deseo resaltar es que debe tomar las precauciones necesarias para que tu o tus empleados caigan en este tipo de prácticas.
Soy partidario de la libertad de expresión y como tal estoy convencido que tenemos derecho a expresarla, sin embargo te recomiendo hacerlo con fundamentos, especialmente cuando se habla de figuras públicas o políticas.
Mucho dinero se gasta y muchos dolores de cabeza se pueden evitar si cuidas la forma y el fondo de los que publicas en las redes sociales.
Mi punto no es si trasciende o no una demanda, sino evitar el hecho que siquiera llegue a eso.
Privacidad
Este es un punto muy importante que hoy ya está legislado por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares (LFPDPPP). Está Ley en México obliga a todos sitios de Internet, publicar su ávido de Privacidad y dejar claro como es que son tratados los datos.
Sin embargo la privacidad va más allá. Siempre piensa que todo lo que publicas en un red social se quedará ahí para siempre y NO podrás borrarlo. Ten esto en cuenta antes de publicar algún contenido propio o acerca de tus amigos, empleados o familiares.
Como ejemplo puedo mencionar el caso reciente de un alumno de Universidad de Rutgers, quien se suicidó después de que algunos de sus compañeros le jugaron una broma publicando un video en YouTube en el cual él intimaba con otra persona. Esto ilustra la atención que debe prestarse a las Redes Sociales. Las personas que publicaron el video enfrentan un proceso legal por el crimen de discriminación. Esto ha sentado un precedente, el cual llevará a modificaciones en las leyes para incluir de forma expresa las redes sociales.
Al igual que publicar contenido acerca de terceros, también es importante cuidar lo que publicas sobre ti. No pierdas de vista que las redes sociales son públicas y TODO mundo tiene acceso a ellas. No publiques información personal tuya como direcciones, teléfonos, etc.
La delincuencia organizada en México utiliza las redes sociales como una fuente de información para elegir a sus víctimas de extorsión y secuestro.
Conclusión
Una empresa que utiliza redes sociales debe mantener el foco en la publicación de contenido relevante y no en intervenir en la vida personal de sus empleados.
En esta era digital en la que publicar contenido es tan fácil, no es raro que de forma inocente y sin intención alguna, publiques algo que puede dar como resultado invasión de la privacidad de un tercero.
Tener el control de tus redes sociales empresariales es indispensable, para así evitar al máximo problemas legales que puedan surgir por un manejo inadecuado de ellas. ¿Cómo controlarlas? Mediante una Política de redes Sociales bien escrita y bien pensada.
Así como tienes un reglamento y/o políticas laborales dentro de tu empresa, es obligatorio incluir un apartado que cubra las redes sociales de forma expresa y cómo tus empleados están autorizadas a utilizarlas.
Una vez definida tu política de redes sociales, debes implementarla y hacer que sea comprendida por todos los empleados, para que así puedan cumplirla y alinearse a ella.
No dejes nada a la interpretación. Si deseas que la imagen de tu marca y la reputación de tu empresa se mantengan intactas, entonces comienza por controlar el qué, cómo, cuándo y dónde se habla de ella, iniciando desde tu propia trinchera.
Hasta la próxima…